EL DERECHO ADMINISTRATIVO, D.A.C.O. Y LA PROPIEDAD HORIZONTAL

El DACO y el reglamento 2268 Parte II
Esta semana tocaremos lo que a mí entender es la parte más importante de un consumidor al comprar una propiedad; los términos y el proceso que tienen que seguir para exigirle al desarrollador que le repare las partes de la construcción que tienen algún problema. Esta responsabilidad del desarrollador no es eterna, para que pueda tener éxito en su reclamación tendrá que hacerla dentro del término que este Reglamento estipula. La sección 10 del Reglamento habla de “Practicas Indeseables” dentro del proceso de construir y vender una casa. En el inciso j se expresa que el Secretario del DACO determinará que es defecto de construcción tomando como base los principios técnicos de ingeniería, tipo, clase y/o método de construcción; dentro de un período de tiempo razonable.
Se tomará en cuenta que el tiempo para corregir el o los defectos varía con el tipo de defectos y los retrasos ocasionados por el comprador querellante o sea, la disponibilidad de la estructura para llevar a cabo la reparación. Esto quiere decir que si quieres que te arreglen la casa tienes que darle acceso a la misma. En aquellos defectos de construcción en que no se especifique un término para notificar al desarrollador, se aplicará un término de notificación de dos (2) años.
La notificación al desarrollador podrá hacerse personalmente o por correo. Yo le recomiendo que la haga por escrito y que tenga alguna prueba de que el desarrollador la recibió.
1. Aceras y accesos (dentro de la propiedad del comprador) (2 años) (a) nivel diferente a lo estipulado en el plano de construcción y que afecte adversamente los fines para lo que se construyó; (b) grietas mayores de 3/15" causadas por diseño inadecuado, deficiencia en el material o compactación inadecuada del terreno; (c) residuos de concreto o de cualquier otro material.
2. Closet - Si se notifican dentro de los treinta (30) días después de firmadas las escrituras originales de compraventa. (a) falta de tablillas o tablillas defectuosas; (b) puertas defectuosas; (c) correderas defectuosas o mal instaladas; (d) deflexión es de más de 1/16" por cada pie lineal, medido en la totalidad del vuelo de la tablilla.
3. Defectos eléctricos - Para los incisos (a), (b), (c), (d) y (e) si son notificados dentro de los treinta (30) días del otorgamiento de las escrituras originales de compraventa. (a) falta de receptáculos; (b) falta de interruptores “switches” y/o receptáculos o que estén defectuosos o rotos; (c) falta de toma corriente estufa; (d) falta de toma corriente calentador; (e) faltan lámparas o que estén rotas o defectuosas; (f) circuitos incompletos, interrupciones debido a correcciones impropias, entrada de agua por la tubería y sus accesorios, rompimiento de la tubería debido a asentamiento en la estructura.
4. Enseres eléctricos o de gas defectuosos - si se notifican dentro del período de tiempo que dura la garantía del fabricante. (a) nevera; (b) estufa; (c) triturador; (d) extractor; (e) horno eléctrico; (f) lavadora y/o secadora de ropa; (g) acondicionadores de aire; (h) sistema de intercomunicación; (i) cualquier otro en ser que haya aceptado el comprador; (j) enseres que falten o cuyo terminado esté astillado o desconchado.
Si en el contrato de compraventa se ha estipulado obtener enseres eléctricos, en cuanto a defectos de éstos ocultos o aparentes, éstos tendrán la garantía que ofrezcan sus respectivos fabricantes. El comprador hará la debida reclamación al distribuidor. Del fabricante o su representante no responder, el urbanizador será el responsable de remediar los defectos. A estos efectos el urbanizador y/o constructor notificará al comprador, nombre, dirección y teléfono del distribuidor o representante del fabricante.
La próxima semana terminaremos este tema. Si van a comprar una propiedad por favor lean este Reglamento o busquen el consejo legal del abogado de su confianza.
El autor es abogado-notario con oficinas localizadas en el casco urbano de Caguas. /Tel. 939-337-5550 PCRESPO@CCLEGALOFFICE.COM

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