Divorcio por Adulterio ¿Culpable o Inocente?

Este tema se presta para mucha confusión.  En cuestiones legales usted no puede dejarse llevar por “cuentos de barrio”. El Art. 96 del Código Civil de Puerto Rico declara que el adulterio como una causal de divorcio.
¿Cuál es el procedimiento para el divorcio por adulterio?
El mismo que el de todos los divorcios; la presentación de una demanda en el Tribunal de Primera Instancia.
 ¿Es necesario que se presente prueba específica del acto sexual?
No.  Nuestro Tribunal Supremo ha resuelto que el “contacto carnal” hay que deducirlo de las circunstancias o los hechos que puedan llevar a concluir al Juez que se cometió el acto.  Es necesario probar dos (2) elementos: la oportunidad de realizar el acto sexual y la inclinación o disposición a realizarlo.
¿Qué efecto legal tiene el divorcio por adulterio?
El único efecto que tiene es que se encuentra culpable  al cónyuge que cometió el acto; y el Tribunal resuelve disolver el matrimonio.
 ¿Tiene algún efecto en la división de los bienes?
No,  los bienes se dividen según corresponde en derecho.  Es decir, si los cónyuges tienen constituida una sociedad legal de gananciales, los bienes y las deudas se dividen en partes iguales.
La “culpabilidad” en divorcios culposos (trato cruel, abandono y adulterio) no  tiene efecto alguno en la división de los bienes.  Lo que le corresponde a cada cual (la mitad de los bienes y las deudas) se mantiene igual independientemente del resultado de quién sea el “culpable”.  La sociedad legal de gananciales es un régimen económico, que nada tiene que ver con el comportamiento o actuaciones  de las partes relativas al trato hacia la otra parte.
¿Procede una acción civil de daños y perjuicios en Puerto Rico contra el o la amante del cónyuge?
No procede una acción de daños y perjuicios contra el o la amante del cónyuge. 
Un divorcio por la causal de infidelidad es uno fuerte  que, en mi humilde opinión, no vale la pena hacerlo hay otras formas de terminar el matrimonio sin tener que ventilar situaciones tan intimas entre dos personas.
Hay un punto bien importante y es que aunque el divorcio por infidelidad o trato cruel no tiene consecuencias penales ni civiles podría darse la situación que le afecte su trabajo. Hay empresas que tienen en sus políticas de empleados como causa para cesantear a un empleado el que surja una situación judicial como esta. Tenga cuidado. Si usted está envuelto en un proceso de divorcio contencioso busque ayuda legal.
El autor es abogado-notario con oficinas en la Urb. Paradís D-3 en el casco urbano de Caguas. Cualquier duda o comentario con esta columna no dude en comunicarse con el al 787-744-9598 o a pcrespolaw@gmail.com.

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