PUERTO RICO OSHA: ¿qué es, y cómo afecta su negocio?
En 1978, a raíz de la aprobación de la Ley
Número
16 del 1975, se estableció la Administración
de Seguridad y Salud Ocupacional de Puerto Rico (Puerto Rico OSHA). La cual tiene el propósito de garantizar
condiciones de trabajo seguras y salubres a cada empleado en Puerto Rico, entre
otras cosas.
Mediante esta Ley se protege tanto al
empleado como al patrono, utilizando efectivamente herramientas, tales como:
inspecciones de cumplimiento, servicios de consultas, programas cooperativos,
proveyendo información sobre las responsabilidades del patrono y derechos de
los empleados, y ofreciendo conferencias, adiestramientos y asesoramiento
técnico. Fomentando así un esfuerzo
conjunto entre patrono y empleado para promover un ambiente ocupacional libre
de riesgos y accidentes.
Puerto Rico OSHA tiene jurisdicción
exclusiva en todos los sitios de trabajo en Puerto Rico, tanto del sector
público como privado, excepto en aquellas industrias dedicadas al Manejo de
Carga Marítima, Construcción y Reparación de Barcos y el Servicio Postal de
Correo, las cuales permanecen bajo la jurisdicción del gobierno federal. Pero,
ojo, si usted es contratista Federal, aunque no se dedique a ninguna de estas
tareas, también tiene que cumplir con las disposiciones y regulaciones de OSHA
Federal.
En tanto, es importante que usted como
patrono sepa, que los Oficiales de Seguridad y Salud del Departamento del
Trabajo y Recursos Humanos, están autorizados a entrar sin dilación y en
cualquier momento a cualquier fabrica, instalación, sitio de empleo, sitio de
construcción u otras áreas de trabajo, para inspeccionar e investigar durante
horas regulares de trabajo y en cualquier otro momento razonable, las
condiciones de trabajo de sus empleados y revisar los registros requeridos por
Ley, según los reglamentos aprobados.
Básicamente cada industria tiene un
reglamento particular, y usted tiene que proveer a sus empleados de todo el
equipo necesario para garantizar su seguridad al momento de realizar las
labores, así como mantener letreros y avisos de los riegos, derechos y
responsabilidades de los empleados a su cargo. En adición, si usted tiene más
de 10 empleados a su cargo, tiene qué, mensual y anualmente, cumplir con el
registro de accidente y lesiones y cumplimentar los formularios dispuestos para
ello. Hay casos en que patronos con menos de 10 empleados se le requerirá por
escrito el cumplimiento de los formularios.
¿A qué se expone si no cumple? El patrono
que incumpla intencionalmente con cualquiera de las secciones de la ley está
sujeto a multas que van desde los $5000 hasta los $70000 dólares. Así que
patrono que me lee, ¿está seguro que cumple con las regulaciones de PROSHA y de
OSHA Federal (a quien aplique)?. Si no lo está, es momento de que se detenga y
haga un análisis de sus operaciones, podría estar en incumplimiento con el mero
hecho de NO tener los avisos mandatarios (letreros) requeridos por ley.
¡Llámenos, le podemos ayudar! C&C Legal
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