PUERTO RICO OSHA: ¿qué es, y cómo afecta su negocio?



En 1978, a raíz de la aprobación de la Ley Número 16 del 1975, se estableció la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional de Puerto Rico (Puerto Rico OSHA).  La cual tiene el propósito de garantizar condiciones de trabajo seguras y salubres a cada empleado en Puerto Rico, entre otras cosas.

Mediante esta Ley se protege tanto al empleado como al patrono, utilizando efectivamente herramientas, tales como: inspecciones de cumplimiento, servicios de consultas, programas cooperativos, proveyendo información sobre las responsabilidades del patrono y derechos de los empleados, y ofreciendo conferencias, adiestramientos y asesoramiento técnico.  Fomentando así un esfuerzo conjunto entre patrono y empleado para promover un ambiente ocupacional libre de riesgos y accidentes.

Puerto Rico OSHA tiene jurisdicción exclusiva en todos los sitios de trabajo en Puerto Rico, tanto del sector público como privado, excepto en aquellas industrias dedicadas al Manejo de Carga Marítima, Construcción y Reparación de Barcos y el Servicio Postal de Correo, las cuales permanecen bajo la jurisdicción del gobierno federal. Pero, ojo, si usted es contratista Federal, aunque no se dedique a ninguna de estas tareas, también tiene que cumplir con las disposiciones y regulaciones de OSHA Federal.

En tanto, es importante que usted como patrono sepa, que los Oficiales de Seguridad y Salud del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, están autorizados a entrar sin dilación y en cualquier momento a cualquier fabrica, instalación, sitio de empleo, sitio de construcción u otras áreas de trabajo, para inspeccionar e investigar durante horas regulares de trabajo y en cualquier otro momento razonable, las condiciones de trabajo de sus empleados y revisar los registros requeridos por Ley, según los reglamentos aprobados. 

Básicamente cada industria tiene un reglamento particular, y usted tiene que proveer a sus empleados de todo el equipo necesario para garantizar su seguridad al momento de realizar las labores, así como mantener letreros y avisos de los riegos, derechos y responsabilidades de los empleados a su cargo. En adición, si usted tiene más de 10 empleados a su cargo, tiene qué, mensual y anualmente, cumplir con el registro de accidente y lesiones y cumplimentar los formularios dispuestos para ello. Hay casos en que patronos con menos de 10 empleados se le requerirá por escrito el cumplimiento de los formularios.

¿A qué se expone si no cumple? El patrono que incumpla intencionalmente con cualquiera de las secciones de la ley está sujeto a multas que van desde los $5000 hasta los $70000 dólares. Así que patrono que me lee, ¿está seguro que cumple con las regulaciones de PROSHA y de OSHA Federal (a quien aplique)?. Si no lo está, es momento de que se detenga y haga un análisis de sus operaciones, podría estar en incumplimiento con el mero hecho de NO tener los avisos mandatarios (letreros) requeridos por ley.

¡Llámenos, le podemos ayudar! C&C Legal Offices PSC, Tel.: 939-337-5550.

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