CASOS CON EL FONDO DEL SEGURO DEL ESTADO


Una vez un obrero presenta una reclamación a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE), es acreedor de ciertos beneficios otorgados por la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, entre los que se destacan:



 Tratamiento médico rehabilitador
 Pagos de dietas por incapacidad transitoria 
 Compensación por incapacidad total o parcial permanente

🚩Las compensaciones por incapacidad permanente serán otorgadas una vez el caso esté relacionado causalmente con el empleo y se determine que es compensable bajo los criterios establecidos en la Ley.

⚠️Esta misma Ley provee los mecanismos para que usted pueda presentar una apelación ante la Comisión Industrial de Puerto Rico si no está de acuerdo con la decisión tomada en su caso.

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