La Pensión Alimentaria y la Pérdida de Empleo, y los Nuevos Matrimonios


¿Puedo solicitar una revisión de pensión alimentaria porque me quede sin trabajo? La respuesta es que si. ¿Tiene un efecto real en la pensión que pago? Depende.  La pensión  alimentaria tiene 2 componentes principales; la pensión básica y la suplementaria.  La pensión básica tiene que ver única y exclusivamente con los ingresos del progenitor que no tiene la custodia del menor.  Así que de primera intención si su salario era de  $15 la hora y cambio a $10 la hora definitivamente hay un cambio en la cantidad de pensión alimentaria básica.
¿Pero que pasa si me quedo sin trabajo? ¿Tengo que pagar pensión? Tan cierto como que todos nos vamos a morir; SI. Sepa que si se queda sin trabajo el Estado hace el computo de la pensión como si se estuviera ganando el salario mínimo federal; o sea $7.25 la hora.  A esto se le conoce como imputación de salario. ¿Y como va a ser esto posible si no me estoy ganando tal cantidad? Pues lamentablemente así funciona el asunto. Claro esta situación que les narro como ejemplo no es absoluta. Cada caso tiene que atenderse individualmente.
Con respecto a la pensión suplementaria, la cual se hace cargo de los gastos escolares, la hipoteca, cuido de niños y gastos médicos no cubiertos por el seguro médico, SI influyen los cambios en salarios de ambos progenitores porque se pagan en proporción al salario de ambos.
Como ejemplo si mamá gana $100 y papá gana $125 mamá será responsable del 44% ($100/$225) de la pensión suplementaria y papá será responsable del 66%($125/$225) de la pensión suplementaria.
Y que pasa si uno de los progenitores se contrajo nupcias. ¿Influye en el computo de la pensión alimentaria? La respuesta es que depende de varios factores entre los cuales podemos mencionar la cantidad de hijos de la nueva pareja y la forma en que se casaron. Si lo hicieron estableciendo una sociedad legal de gananciales o si establecieron una total separación de bienes. Igualmente le aplica a usted.
La pensión alimentaria debe ser para el disfrute y la cubierta de las necesidades de los hijos menores de edad pero es un asunto sumamente litigioso y que a veces se complica. Si tiene una situación que tenga que ver con pensión de alimentos para sus hijos consulte con el abogado de su predilección y por favor no lo haga por  derecho propio para después buscar un abogado cuando le deniegan el ajuste a la pensión que solicitó.  Esto le saldrá más caro y puede ser que sea irreparable al menos por los próximos 3 años en lo que puede volver a revisar la cantidad de la pensión de alimentos para sus hijos.
El autor es abogado-notario con oficinas en la Urb. Paradís D-3 en el casco urbano de Caguas. Cualquier duda o comentario con esta columna no dude en comunicarse con el al 787-744-9598 o a pcrespolaw@gmail.com.


Entradas populares